CONOZCA ALGUNOS BENEFICIOS DEL AUGE/GES PARA LAS MUJERES
El AUGE/GES es un derecho garantizado por Ley para las personas beneficiarias del Fonasa y las Isapres, que consiste en la facultad de exigir el cumplimiento de las Garantías de Acceso, Oportunidad (plazo máximo de espera), Calidad y Protección Financiera para los 80 problemas de salud incluidos en el Decreto.

¿DÓNDE ATENDERSE PARA HACER USA DEL AUGE/GES?
Si es beneficiada del Fonasa debe acudir al consultorio donde esté inscrita y, si no lo esta, se tiene que inscribir en él.
Si está afiliada a una Isapre se debe atender en los centros asistenciales que su aseguradora designe como prestador AUGE/GES.

¿DÓNDE RECLAMAR SI NO SE CUMPLE LA GARANTÍA DE OPORTUNIDAD?
Si el consultorio, centro médico, hospital o clínica de la red no la atiende dentro del plazo establecido en el programa de salud, dispone de 30 días para presentar un reclamo ante el seguro de salud, ya sea Fonasa o la Isapre.
Desde el momento que presento el reclamo, dichas instituciones tienen un periodo de 2 días para asignar aun nuevo centro de salud, el cual deberá brindar la atención en un plazo máximo de 10 días.
Si no recibe respuesta dentro de los 2 días, o el establecimiento no esta en condiciones de resolver su problema de salud garantizado, debe acudir a la Superintendencia de Salud, durante los 15 días siguientes, con el fin de presentar un nuevo reclamo.
En un plazo de 2 días la Superintendencia de Salud deberá asignar un tercer centro asistencial y este deberá resolver su problema de salud garantizado en los 5 días siguientes desde la designación.

SALUD ORAL INTEGRAL DE LA EMBARAZADA
Con confirmación de su condijo de embarazo tendrá acceso a tratamiento dental integral, el que debe iniciar dentro de 21 días desde la solicitud de atención y finalizara con el alta integral hasta 9 meses de ocurrido el parto o interrupción del embarazo.

Cáncer de mama
Acceso
Toda beneficiaria(o) de 15 años y más.

Confirmación Diagnostica
• Si en el consultorio o centro de salud sospechan que puede tener cáncer de mama, ya sea por lesiones evidentes o porque su mamografía salió alterada, tiene derecho a un especialista dentro de 45 días desde la sospecha.
• Una vez atendida por el especialista tiene derecho a realizarse los exámenes correspondientes para determinar la etapa de la enfermedad, dentro de 45 días desde la confirmación diagnóstica.

Tratamiento
Si se confirma el cáncer de mama iniciara el tratamiento de 20 a 30 días como máximo y este puede considerar cirugía, radioterapia, quimioterapia u hormonoterapia según la indicación médica para cada caso.

Seguimiento
Primer control dentro de 90 días desde la indicación médica.

Cáncer cervicouterino
Acceso
Toda mujer beneficiaria entre los 25 y 64 años tendrá acceso a la realización de Papanicolaou cada 3 años.

Confirmación Diagnostica
• Si en el consultorio o centro de salud sospechan que puede tener cáncer al cuello uterino, o que su examen de Papanicolaou salió alterado, tiene derecho a ser atendida por un especialista para la confirmación diagnóstica dentro de 40 días.
• Una vez atendida por el especialista tiene derecho a realizarse los exámenes correspondientes para determinar la etapa de la enfermedad, dentro de 20 días desde la confirmación diagnóstica.

Tratamiento
El plazo máximo para iniciar el tratamiento en cáncer pre-invasor es dentro de 30 días desde la confirmación diagnóstica y, cáncer invasor dentro de 20 días desde la etapificación. El plazo para comenzar con los tratamientos complementarios es dentro de 20 días desde la indicación médica.

Seguimiento
Primer control dentro de 90 días desde la indicación médica.

Link de descarga formato pdf

Fuente: Superintendencia de Salud

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