Declaración de Bien Familiar

Escudo Mujer Chilena – Logan Abogados

I.-En Detalle: Declarar un bien familiar permite limitar las facultades de disposición y administración de ciertos bienes del cónyuge propietario o propietaria, haciendo obligatoria la autorización del cónyuge que no es propietario para ejecutar algunas acciones sobre dichos bienes.

También posibilita que frente al embargo por cobro de una deuda del cónyuge que es la persona propietaria del bien, se proceda primero a embargar y ejecutar otros bienes del deudor o deudora, dejando para el último los bienes declarados como familiares.

La declaración de bien tiene como finalidad resguardar un lugar físico estable en que la familia pueda desarrollarse con normalidad, sin que el cónyuge dueño o dueña del bien pueda disponer de él por sí solo. Por ello, solo pueden ser declarados como bien familiar

  • El inmueble que sirva de residencia principal a la familia.
  • Los muebles que están en ese lugar.
  • En caso de que el inmueble sea de propiedad de una sociedad controlada por alguno de los cónyuges, las acciones o derechos sociales del cónyuge socio o socia.

La declaración de bien familiar se solicita ante el Tribunal de Familia del domicilio de la persona demandada, patrocinado por un abogado o abogada.

II.- Dónde está regulada ?  Artículos 141 y siguientes del Código Civil.

  • III.- Que se necesita para hacer el trámite? :
    • Cédula de identidad.
    • Certificado de matrimonio.
    • Copia del acta de celebración de matrimonio.
    • Certificado de nacimiento de los hijos e hijas.
    • Certificado de residencia del núcleo familiar.
    • Certificado de dominio vigente del inmueble emitido por el Conservador de Bienes Raíces. Inventario simple de los bienes muebles que están en la residencia.
    • Nombre completo, domicilio y profesión u oficio del o la cónyuge demandado o demandada.

     

    IV.- Costos de la tramitación: firma de abogado y tramitación de juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos. Para ello, realiza una evaluación socioeconómica por intermedio de un o una asistente social, quien determinará si la persona puede ser representada judicialmente por un o una profesional de la CAJ.

Si necesitas nuestra asesoría en este tema escríbenos y te contactaremos a la brevedad para agendar tu entrevista:

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