Deuda de contribuciones, subrogación de derechos
Escudo Mujer Chilena – Logan Abogados
I.-En Detalle: La subrogación de derechos en el contexto de una deuda de contribuciones se refiere a un proceso legal mediante el cual una entidad, como un municipio o gobierno local, asume los derechos de cobro de una deuda fiscal que un contribuyente tiene con otra entidad, como un banco o acreedor privado. En otras palabras, la entidad gubernamental adquiere el derecho de reclamar y cobrar la deuda del contribuyente directamente, en lugar de que el acreedor privado lo haga. Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando un contribuyente no paga sus contribuciones municipales y la municipalidad subroga los derechos del acreedor privado para cobrar la deuda directamente del contribuyente. La subrogación de derechos suele estar respaldada por la ley y puede tener implicaciones legales y financieras significativas para todas las partes involucradas.
II.- Dónde está regulada? Artículo 1612 del Codigo Civil, ley 3.063, entre otras normas legales
III.- Requisitos para su procedencia?:Los requisitos para la subrogación de derechos en una deuda de contribuciones pueden variar, pero generalmente incluyen la existencia de una deuda no pagada, la identificación clara de la entidad gubernamental u organismo autorizado que llevará a cabo la subrogación, la notificación al contribuyente deudor, posiblemente obtener el consentimiento del acreedor original, y el cumplimiento de todos los procedimientos legales y administrativos requeridos. Es esencial consultar con un abogado especializado en derecho tributario para comprender completamente los requisitos específicos que se aplican en cada caso y jurisdicción, garantizando el cumplimiento adecuado de todas las regulaciones y procedimientos.
IV.- Procedimiento: El procedimiento para la subrogación de derechos en una deuda de contribuciones generalmente sigue estos pasos: la entidad gubernamental identifica una deuda de contribuciones que no ha sido pagada por el contribuyente según lo requerido por la ley, luego decide que es necesario ejercer su derecho de subrogación para asumir los derechos de cobro. Después, se notifica al contribuyente deudor sobre la subrogación de derechos y se le informa sobre las implicaciones legales y financieras. En algunos casos, puede requerirse obtener el consentimiento del acreedor original o deudor para llevar a cabo la subrogación. Luego, la entidad gubernamental procede a cobrar la deuda directamente del contribuyente deudor utilizando los medios legales disponibles. Es importante seguir todos los procedimientos legales y administrativos requeridos por la ley para llevar a cabo la subrogación de derechos de manera válida y legal, lo que puede variar según la jurisdicción y la legislación aplicable.
V.- Costos de la tramitación: El único costo es en relación a una asesoría jurídica y en caso el patrocinio y poder de un abogado habilitado en derecho
VI.- Link e información complementaria:
TSG: https://web.tesoreria.cl/certificado-deuda-contribuciones/