La partición de bienes es una figura legal que requiere necesariamente para su tramitación de un abogado con conocimientos en derecho civil. La aplicación de esta figura legal será necesaria cuando nos encontramos con una comunidad de bienes que requieren ser liquidados para poder disponer de ellos.

¿Casos en que se requiere una Partición de bienes?
 Cuando existe una comunidad Hereditaria, que se origina por el fallecimiento de una persona.
 Cuando existen bienes provenientes de la sociedad conyugal disuelta.
 La comunidad nacida de un cuasicontrato.
 La comunidad originada por la disolución de una sociedad civil.
¿Cómo hacer la partición?

Existen 3 formas, estas son:
1. Puede ser realizada por el propio causante. El causante es la persona que va a disponer de sus bienes para después de su muerte. Puede disponer de esta partición mediante su propio testamento o mediante un acto entre vivos.
2. Por los Consignatarios, que son los herederos del causante producto de la herencia que genera la muerte de una persona que disponía de bienes.
3. Por juez arbitro llamado Partidor, quien tendrá que realizar la partición mediante juicio. En este tercer caso necesariamente se requiere la presencia de un abogado, de preferencia inscrito en el colegio de abogados.

¿Cómo se calcula la partición de Bienes?

Para poder calcular los bienes, que por derecho les corresponden a las personas antes mencionadas es necesario que un juez partidor, una vez que tenga claridad sobres las personas que tienen derechos en la herencia, cuáles son esos derechos y bienes que deben ser objeto de partición, realice un proceso denominado “Liquidación de bienes”, y luego proceda a su “distribución”. Generalmente este proceso es realizado por un Abogado de derecho civil quien propone al juez partidor.
El paso de “liquidación” consiste en singularizar los bienes que le corresponde a cada heredero. Para ello, se han de realizar una serie de diligencias tendientes a “limpiar” el patrimonio, sacando bienes de terceros que pudiesen estar confundidos (por ejemplo, si el difunto se encontraba casado en sociedad conyugal) y deduciendo otros gastos, como los derivados de la apertura del testamento, los de la última enfermedad del causante, deudas a sus acreedores, entre otros, a fin de dejar el patrimonio “limpio” para procederá distribuir los bienes.
La fase de “distribución” busca adjudicar a cada asignatario cierta cantidad de bienes equivalentes a su cuota en la herencia.

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