Por. Jorge VonChrismar

¿cómo se demanda, y a quién se debe demandar?

La Ley del Tránsito en su artículo 174 inciso 5º establece que la Municipalidad respectiva o el Fisco responderá por el mal uso de las calles, en su caso, serán responsables civilmente de los daños que se causaren con ocasión de un accidente, sólo en dos casos:

¿Por qué estas instituciones son responsables?
¿Cómo se demanda esta responsabilidad?
En los casos mencionados anteriormente, se deberá interponer una demanda civil ante el Juez de Letras en lo civil correspondiente y se tramitará de acuerdo a las normas del juicio sumario.

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